Instrucción 1: “Que se haga
visita general y examen en un mismo día, que será el que se acordare y señalare,
de todos los que mendigan; y a los que pareciere que tienen necesidad o causa
bastante de pedir limosna se les dé licencia por escrito, poniendo en ella
nombre propio y apelativo, naturaleza, edad y señas de su persona, y si es
soltero o casado y qué hijos tiene con las edades y señas de ellos. Que esta
licencia sea limitada por un año, que comience desde Pascua de Resurrección
hasta la siguiente”.
Instrucción 2: “A los que no
vinieren a este examen o que en él parezca que no tienen causa legítima de
mendigar, se mandará que no lo hagan, so pena que pasados treinta días serán
condenados, por la primera vez, en que sirvan en las obras públicas de los
mismos albergues de los lugares donde fueren hallados y, por la segunda, serán
castigados por vagabundos”.
Instrucción 3: “Que a los que se
diere licencia para mendigar, para que puedan usar de ella y traigan, se les
ponga un rosario enhilado en alguna cadenilla o hilo de hierro fuerte donde
corran las cuentas. Y al cabo, traerán una insignia vaciada de metal con una
imagen de Nuestra Señora del Misterio de la Encarnación, de la una parte, y, de
la otra, las armas de la ciudad o villa donde el pobre hubiese sido examinado. Y
ha de asistir siendo esta señal del rosario muy decente y honrosa, devota y de
ninguna nota”.
Instrucción
4: “Que para estos pobres se busque y haya una casa o albergue con capilla en
ella en parte competente, en que todos puedan oír misa. Y sea la casa de patio
y sitio espacioso, con piezas largas para dormitorios y portales alrededor. Y en
los dormitorios habrá lámparas encendidas toda la noche y camas que solamente
tengan jergones de paja o heno, y una manta grosera en cada una, pues han de
servir, para que los que ahora duermen por las calles y portales se recojan
allí. Y esta casa se procure que sea conforme a la calidad del lugar, tomando
para ello algún hospital de los reducidos, reedificándole o de la manera que
pareciere, de suerte que tenga la menos costa que fuere posible”.
Se trataba ante todo de establecer diferencias entre mendigos y vagabundos. Estos últimos eran objeto en Jaén, por aquellos mismos añoés, de disposiciones durísimas.
ResponderEliminarSus dos entradas al respecto son de indudable interés para los que estudiamos el XVII en España.
Saludos.