"La enfermedad que tengo resultó de q estando debajo de los portales de el Mercado Grande de esta ciud, en los beinte y dos días de el mes de mayo de este presente año de cinquenta, entre las nuebe y las diez horas de la noche, en compañía de Franco Rodríguez, notario de la Audiencia Episcopal de esta dha ciud, y Juan de Tapia, procurador del número de ella, tratando de el pleito de una capellanía y de otras cosas, estaban en los mesmos portales passeándose dos perssonas que por entonces no conocí y después supe que heran dos jueces, que el uno se llama Juo Fernández Agüero de Fontaneda y, el otro, Diego de la Concha. Y los sussodhos se binieron para mí y los demás, y metieron mano a las espadas y me acuchillaron, y a los dhos Juo de Tapia y Franco Rodríguez, y me procuré defender. Y de la dha pendencia resultó el darme la estocada de que he estado y estoy al presente malo. Y el que me la dio fue el dho Juo Fernández Agüero de Fontaneda, y para descargo de mi conciencia declaro que si muriere de la dha herida no tiene culpa ninguna el dho Franco Rodríguez. Por no ser culpado en ello, antes procuró apaciguar la dha pendencia y meter paz".
Declaración testamentaria de don Juan de la Cruz, receptor de la Audiencia Eclesiástica y del Tribunal de la Santa Cruzada de la ciudad de Ávila.
Archivo Histórico Provincial de Ávila. Sección Protocolos. Año 1650.
Don Sancho Dávila y Daza (Ávila, 21-IX-1523 / Lisboa, 8-VI-1583)
El estro, a veces, se siente turbado
Extraños seres emplazados en la Plaza del Ayuntamiento de Lisboa
Detalles
Aldaba (París)
Cachivaches
Derviche (Turquía)
Patrimonio abandonado
Convento de Paredes Albas en Berlanga de Duero (Soria)
Textos
Maestros: es necesario conocer al niño, si habéis de educarlo. Educar es encauzar la vida y para esto no basta el empirismo; es imprescinbible conocer al sujeto sobre el cual se trata de influir: estudiar sus funciones psíquicas.
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